¿Cuál es la diferencia entre usurpación, ocupación y allanamiento de morada?

Publicado: 01 de diciembre de 2021, 09:26
  1. Okupaciones
¿Cuál es la diferencia entre usurpación, ocupación y allanamiento de morada?

Con el paso de los años, el número de personas que ocupan casas de forma ilegal y por la fuerza ha ido en aumento. Por este motivo, cada vez son más los propietarios y vecinos que acuden a empresas especializadas en el desalojo de viviendas ocupadas.

En D.I.O. Express disponemos de una gran experiencia en el sector de la desocupación. En nuestra empresa de desalojo de okupas contamos con un equipo de profesionales cualificados para llevar a cabo cualquier desocupación en Galicia u otra parte del territorio nacional.

Diferencias entre usurpación ocupación y allanamiento de morada

Cuando hablamos de okupas, es muy importante determinar cómo se ha producido dicha ocupación de la vivienda, ya que, en función de si se trata de una usurpación, ocupación o allanamiento de morada, hay diferentes decisiones que tomar y formas de proceder. Como expertos en la materia, desde D.I.O. Express realizamos una diferenciación de los distintos términos:

Usurpación

Hablamos de usurpación de una vivienda cuando una persona o grupo de personas entran en un domicilio desocupado y se asientan en él, convirtiéndolo en su residencia sin el permiso de los dueños.

En este caso, debido a que no hay nadie que viva en el interior del inmueble, las penas de este delito no son muy elevadas.

Si este es tu caso, no dudes en ponerte en contacto con profesionales como los D.I.O. Express. Te ayudaremos a recuperar tu vivienda.

Ocupación

El término ocupación ha ido ganando cada vez más protagonismo con el paso de los años. La palabra en sí nace del propio movimiento okupa, surgido durante los años 60 y 70 en España. Las protestas por el derecho a una vivienda digna llevaron a la ocupación de los primeros inmuebles. Por este motivo, la palabra ocupación no se considera un término jurídico.

Allanamiento de morada

Se produce un allanamiento de morada en el momento en el que los okupas acceden a una vivienda en la cual viven personas e intentan apropiarse de ella. En este caso, se incurre en un delito que sí está tipificado en el código penal y que puede conllevar una sanción como la prisión.

En D.I.O. Express contamos con una gran experiencia en el desalojo de okupas, por lo que conocemos los distintos métodos con los que poner remedio a esta situación.

 

Es importante saber diferenciar estos términos, pues las consecuencias legales son diferentes a nivel jurídico y económico, tanto para los okupas como para los legítimos propietarios.

Si estás viviendo alguna de las situaciones comentadas, ponte en contacto con D.I.O. Express, resolveremos todas tus dudas sobre nuestros servicios de desalojo de okupas y te ayudaremos a recuperar tu vivienda.

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