24/04/2023
A pesar de que la ley española protege al propietario de una vivienda, los okupas también poseen derechos. Para que los mismos adquieran estos derechos, se deben tener en cuenta que las primeras 48 horas son claves.
Si en este plazo se denuncia el hecho, la policía tiene la facultad para acceder al desalojo sin mediar orden judicial y, con pruebas, ya que se trata de un delito flagrante de allanamiento de morada, el cual se encuentra recogido en el artículo 245 del Código Penal. Esto se produce...
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